Muchos son los motivos que avalan la necesidad de potenciar el aprendizaje de lenguas extranjeras. Razones de tipo cultural, educativo, político y económico han llevado al Consejo de Europa a plantear como objetivo para el conjunto del alumnado el conocimiento de dos lenguas extranjeras. Partiendo de esta premisa, la Ley Orgánica de Educación presta especial atención a la enseñanza de las lenguas extranjeras a través de diferentes medidas tales como la iniciación temprana a un idioma extranjero en la educación infantil, su generalización en primaria y la inclusión de un segundo idioma a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria.
Pero además de la introducción temprana y del tiempo dedicado existe otro factor fundamental para garantizar la calidad del aprendizaje. Una enseñanza eficaz de las lenguas extranjeras requiere necesariamente una buena formación inicial y permanente del profesorado. A este último aspecto se orientan estas ayudas, que por primera vez convoca el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, específicamente dirigidas a maestros recientemente titulados y a estudiantes de la diplomatura de Magisterio que culminen sus estudios en los próximos meses de junio/julio.
El objetivo de las mencionadas ayudas es proporcionar a los nuevos maestros, y a quienes van a serlo en un futuro inmediato, un complemento a su formación en lengua inglesa mediante una estancia de al menos un trimestre en un país de habla inglesa ya que la experiencia demuestra que para obtener una mayor fluidez en el uso del idioma es conveniente realizar estancias de aprendizaje en los países correspondientes.
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, un máximo de 5.000 ayudas de 4.000 euros cada una para la estancia y realización de un curso para perfeccionar la lengua inglesa de, al menos, 12 semanas de duración, con un mínimo de 20 horas lectivas semanales entre el 1 de septiembre de 2008 y el 31 de agosto del año 2009 en países cuya lengua oficial sea el inglés y que se relacionan en el Anexo a esta convocatoria.
Podrán optar a estas ayudas los candidatos nacidos después del 31 de diciembre de 1977 que reúnan alguna de las siguientes condiciones:
Tercero.-1. Las ayudas se adjudicarán en atención al expediente académico del solicitante, que será valorado por la nota media calculada conforme a la siguiente tabla de equivalencias:
Suspenso: 0; aprobado: 1; notable: 2; sobresaliente: 3; Matrícula de Honor: 4.
Cuando sea necesario hacer una ponderación de dichas calificaciones se efectuará siguiendo el criterio siguiente: Suma de los créditos superados multiplicados cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda a partir de la tabla de equivalencias del apartado anterior y dividido por el número de créditos totales de la titulación.
Australia. Canadá. Estados Unidos de Norteamérica. Malta. Nueva Zelanda. Reino Unido. República de Irlanda.
Referencia: BOE-A-2008-9222
Becas MEC del Ministerio de Educación.